| La Ley de Ajuste Cubano. Mitos y Realidades - ¿...un privilegio...? |
| Escrito por Siro del Castillo | |||||||
| Viernes 07 de Agosto de 2009 15:07 | |||||||
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ES VERDAD QUE LA "LEY DE AJUSTE CUBANO" ES UN PRIVILEGIO QUE SOLAMENTE HAN TENIDO LOS CUBANOS EN LA HISTORIA DE LAS LEYES DE INMIGRACIÓN DE LOS ESTADOS UNIDOS? No. Ya hemos visto como han existido leyes para ciertos ciudadanos nicaragüenses y haitianos. También han existido legislaciones que les ha permitido a ciudadanos de distintos países el ajustar su status al de "residentes permanentes". Entre ellos Hungría, la antigua URSS y otros países de Europa Oriental, Vietnam, Laos, Cambodia, Hong Kong, Macao, Chile, Bolivia, Líbano y otros países del Medio Oriente. Hoy en día se mantienen legislaciones vigentes para ciertos ciudadanos nicaragüenses, haitianos, cubanos y de la Unión Soviética, Vietnam, Laos y Cambodia., estos últimos gracias a la "Enmienda Lautenberg" de 1989.
ES VERDAD QUE SI SE ELIMINA LA "LEY DE AJUSTE CUBANO", LOS CUBANOS QUE LLEGAN ILEGALMENTE A LOS ESTADOS UNIDOS NO PODRIAN SER ADMITIDOS BAJO LAS LEYES ACTUALES DE INMIGRACIÓN? No. Como ya indicáramos anteriormente la "Ley de Ajuste Cubano" no tiene nada que ver en que si a un ciudadano cubano que llega legal o ilegalmente (por mar, tierra o en avión) a los EE.UU. se le deja entrar o no. Hoy en día la mayoría de cubanos que llegan de la isla lo hacen legalmente y se les permite entrar ya bien sea porque vienen como inmigrantes, visitantes (turistas), como refugiados en el caso de los presos expresos políticos y algunos disidentes con sus respectivos familiares, o porque la Sección de Intereses de los EE.UU. en Cuba, les ha otorgado un "Overseas Parole" (entrada condicional aprobada en el extranjero) utilizado sobretodo, para las personas que han obtenido la oportunidad de venir a los EE.UU. por medio del llamado "Bombo" o lotería.Los cubanos que se "encuentren físicamente" en los EE.UU aunque no hayan hecho una entrada legal , o que llegan ilegalmente y son detenidos, e inclusive los que tratando de llegar ilegalmente son interceptados en alta mar, las leyes de inmigración vigentes les permiten solicitar asilo, bajo la Sección 208 (a) del INA, y permanecer en territorio norteamericano mientras se ventila legalmente su caso. Queda a la discreción del Fiscal General, de acuerdo con los requerimientos y procedimientos establecidos por él, el otorgarle una entrada condicionada ( Parole). También bajo las leyes vigentes algunas personas pueden solicitar ser aceptados como "refugiados".
ES VERDAD QUE A TODOS LOS CUBANOS QUE SOLICITAN ASILO POLÍTICO SE LES CONCEDE EL ASILO? No, por ejemplo en el informe del Servicio de inmigración y Naturalización de los EE.UU. (INS) correspondiente al año fiscal de 1997 aparecen las siguientes cifras sobre ciudadanos cubanos que solicitaron asilo político en los EE.UU.: "Casos pendientes al comenzar el año fiscal: 4,791 Casos presentados durante el año fiscal: 481 Casos reabiertos durante el año fiscal: 157 Casos aprobados durante el año fiscal: 245"Comparando el número de casos aprobados con el de otros países ,vemos que el número de las solicitudes aprobadas de la República Popular China (404), Etiopía (390), Guatemala (280), Haití (586), India (790), Irak (2,180), Liberia (388), Somalia (664), antigua Unión Soviética (740), o la antigua Yugoslavia (462) son superiores a las de Cuba.
ES VERDAD QUE A TODOS LOS CUBANOS QUE SOLICITAN SER ACEPTADOS COMO REFUGIADOS EN LOS ESTADOS UNIDOS SE LES CONCEDE ESE STATUS? No. Según el Informe del año fiscal de 1997 del INS había:"Casos pendientes al comenzar el año fiscal: 6 Casos presentados durante el año fiscal: 9,012 Casos aprobados durante el año fiscal: 1,860 Casos denegados durante el año fiscal: 5,902 Casos cerrados por otras razones en el año: 1, 346" Si comparamos el total de casos de cubanos que fueron aprobados como refugiados con el de algunos otros países, vemos que las cifras de países como Somalia (5,599), Vietnam (6,522), antigua Unión Soviética (27,632), antigua Yugoslavia (28,730) e Irak (3,289) son superiores a la de los cubanos. Sobre todo cuando las comparamos en los porcentajes de aprobación.
PODRIAN LOS CUBANOS QUE HAN SIDO ACEPTADOS COMO REFUGIADOS O A QUIENES SE LES HA OTORGADO ASILO, SOLICITAR AJUSTAR SU STATUS PARA OBTENER LA "RESIDENCIA PERMANENTE" AUNQUE NO EXITIERA LA "LEY DE AJUSTE CUBANO"? Si. Cualquier extranjero a quien se le haya otorgado el status de refugiado de acuerdo con la "Sección 207" o se le haya aceptado su solicitud de asilo bajo la "Sección 208" del "Acta de Inmigración y Nacionalidad" (INA) podrá solicitar de acuerdo con los procedimientos establecidos en la "Sección 209" del INA su cambio de status al de "residente permanente".
EXISTE TODAVÍA EN LAS LEYES ACTUALES DE INMIGRACIÓN UN TRATO PREFERENCIAL PARA LAS PERSONAS QUE HUYEN DE UN PAIS COMUNISTA O DOMINADO POR LOS COMUNISTAS, COMO EL QUE EXISTÍA EN 1965? No. Los estatutos correspondientes a este tipo de trato fueron eliminados de las leyes de inmigración al aprobar el Congreso de los Estados Unidos, en marzo de 1980, el "Acta de Refugiados de 1980", que eliminó toda la referencia a las personas que huían de un país comunista o dominado por los comunistas y adoptaron la, más amplia y en algunos casos más estricta, definición que existía en los documentos de las Naciones Unidas.
ES VERDAD QUE HASTA ABRIL DE 1999, A LOS CUBANOS QUE LOGRABAN DESEMBARCAR EN TERRITORIO DE LOS ESTADOS UNIDOS, SE LES DIFICULATABA CON POSTERIORIDAD AJUSTAR SU STATUS Y OBTENER LA "RESIDENCIA PERMANENTE" DE ACUERDO CON LA "LEY DE AJUSTE CUBANO”? Si. Hasta el 26 de abril de 1999, INS no le estaba dando la oportunidad, a aquellos cubanos que habían ingresado ilegalmente a los Estados Unidos, de solicitar la "residencia permanente" bajo los estatutos contemplados en la "Ley de Ajuste Cubano". En esa fecha la Comisionada Nacional de Inmigración, Doris Meisner , aclaro en un memorándum que aquellos cubanos que habían entrado ilegalmente y se les había permitido entrar "bajo palabra" podrían solicitar su "residencia permanente" bajo la "Ley de Ajuste Cubano" y que aquellos cubanos que se encontraban en los EE.UU. sin haber sido admitidos o dejados entrar "bajo palabra" (Parole) podrían hacer la solicitud también, después de que se hubieran entregado a la custodia de las autoridades de inmigración.
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